Micelio
Auto2 de agosto de 2023

A- de 2023

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante De Oficio·Demandado Quiroz Penagos Yonatan

Tema · dato duro
Competencia De La Jurisdicción Penal Ordinaria-Conocimiento De Procesos Que Vinculen A Miembros De La Fuerza Pública Por Delitos Cometidos En Servicio Activo Sin Relación Con El Servicio
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Penal Ordinaria
  • Conocimiento de procesos que vinculen a miembros de la fuerza pública por delitos cometidos en servicio activo sin relación con el servicio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Caucasia (Antioquia) y el Juzgado 193 de Instrucción Penal Militar.

La controversia entre las precitadas autoridades tuvo su origen en la investigación adelantada en contra de un patrullero, por la presunta participación en la fuga de varias personas que se encontraban detenidas en una Estación de Policía y que estaban vinculadas al Grupo Armado Organizado Clan del Golfo.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones y de pronunciarse sobre el fuero penal y la competencia de la Justicia Penal Militar y Policial determinó la Corte que el asunto no cumple con el factor funcional, en tanto las conductas investigadas no evidenciaron una relación directa, próxima y evidente con el servicio.

Con base en lo anterior concluyo que la competencia recae en la Jurisdicción Ordinaria y, por ello, remitió el expediente al Juzgado Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Caucasia, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a las partes, intervinientes y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto positivo de Jurisdicciones entre el Juzgado Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Caucasia (Antioquia) y el Juzgado 193 de Instrucción Penal Militar, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento del proceso corresponde al Juzgado Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Caucasia (Antioquia).
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4342 al Juzgado Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Caucasia (Antioquia), para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.